FSC-CCOO Postal | 13 diciembre 2024.

El Consejo de Ministros, por RD, aprueba que Correos sea un servicio esencial

  • El gobierno responde a la propuesta de CCOO

12/11/2024.
El Consejo de Ministros, por RD, aprueba que Correos sea un servicio esencial

El Consejo de Ministros, por RD, aprueba que Correos sea un servicio esencial

Correos formará parte del escudo social y laboral de protección a la ciudadanía afectada por la DANA.

El Real Decreto recoge lo pactado por CCOO-Gobierno en el acuerdo Marco estratégico firmado el 22 de julio. 

El Consejo de Ministros Extraordinario celebrado el 11 de noviembre, ha designado a Correos como servicio esencial ante la catástrofe de la DANA, respondiendo así a la exigencia de CCOO para que Correos forme parte del escudo social y laboral de apoyo a la ciudadanía afectada. 

PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CORREOS APROBADAS POR EL CONSEJO DE MINISTROS 

Boletín Oficial de Estado

Disposición adicional sexta. Habilitación del personal de la sociedad estatal Correos y Telégrafos, SA, S.M.E. y del GRUPO TRAGSA.

1. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 5 de la Ley 39/2015, el personal del Grupo TRAGSA y de la sociedad estatal Correos y Telégrafos, SA, S.M.E. (CORREOS) asignado a tareas relacionadas con la gestión de las medidas contempladas en el Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, queda habilitado para actuar como representante de terceros afectados a que se refiere el apartado 3 del artículo 1, en relación con la presentación de las solicitudes de las ayudas previstas en el artículo 3 del referido Real Decreto.

2. El Grupo TRAGSA y la sociedad estatal Correos y Telégrafos, SA, S.M.E., deberán designar a aquellos de sus empleados que ejercerán esta representación de las personas a la que se refiere el apartado anterior, en relación con la presentación de las solicitudes de estas ayudas.

Disposición adicional séptima. Prestación de servicios por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, S.M.E. en respuesta a los efectos causados por la DANA.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, la sociedad estatal Correos y Telégrafos, SA, S.M.E (CORREOS), ejecutará las actuaciones previstas en este artículo mediante iniciativas que permitan contribuir a la recuperación y restablecimiento de la normalidad en las zonas afectadas por la DANA en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Valencia y se pondrá al servicio de las Administraciones competentes para aquellas actuaciones en las que se precise su intervención.

2. CORREOS colaborará con sus medios personales, materiales y capacidades con el Mecanismo Nacional de Respuesta y Reconstrucción frente a la DANA en Valencia todo aquello que le sea requerido con el objeto de contribuir a la eficacia y eficiencia de las funciones de dicho Mecanismo.

3. CORREOS, con sus medios personales, materiales y capacidades disponibles, colaborará con las Administraciones competentes para dar respuesta a los efectos causados por la DANA.

Asimismo, facilitará sus medios para la realización de los trámites a que den lugar las medidas puestas en marcha por las Administraciones en respuesta a los efectos causados por la DANA.

Cuando las circunstancias de movilidad así lo requieran, dichos servicios podrán igualmente llevarse a cabo por el personal de CORREOS desplazándose al lugar donde se encuentren las personas que lo necesiten. 

En el contexto de la respuesta a los efectos causados por la DANA, el personal de CORREOS facilitará a las personas afectadas cuanta información y ayuda pueda ser precisa para facilitarles el más eficaz y ágil ejercicio de sus derechos, ofreciendo los medios de que disponga CORREOS para subvenir a las dificultades que aquéllas puedan encontrar. En particular, el personal de CORREOS tomará en cuenta las dificultades de movilidad y las que puedan afectar a los propios domicilios para recibir en ellos correspondencia y ofrecerán las soluciones alternativas disponibles.

4. CORREOS colaborará en la difusión, en sus oficinas, de la información que las Autoridades competentes pongan a disposición de las personas afectadas por la DANA.

5. En las zonas afectadas por la DANA y limítrofes, Correos habilitará los espacios disponibles en sus oficinas para que los ciudadanos puedan cubrir sus necesidades de conectividad y las equipará con espacios para coworking.

6. Asimismo, las Oficinas de CORREOS ofrecerán, de manera gratuita para el ciudadano afectado por la DANA, facilidades para envíos postales y de paquetería a la ciudadanía en zonas afectadas, mediante el establecimiento de apartados postales, reenvíos postales, envío gratuito de paquetes de particulares a ciudadanos y ciudadanas en zonas afectadas y recepción de envíos, a través del buzón ecommerce.

7. CORREOS colaborará en la accesibilidad a servicios financieros básicos, estableciendo para los ciudadanos afectados por la DANA la gratuidad de giros postales dirigidos a domicilios o apartados postales situados en la zona afectada; asimismo, mediante los acuerdos correspondientes con las entidades financieras que colaboran con Correos, podrán facilitar la solicitud gratuita de efectivo a través de Correos Cash disponible en las oficinas o en los domicilios a través del personal de CORREOS.

8. El Gobierno podrá determinar el cumplimiento por parte de CORREOS de otras obligaciones de servicio público, de acuerdo con la evolución de la situación en las zonas afectadas por la DANA.

9. CORREOS reflejará en una contabilidad separada los costes en los que incurra por la prestación de los servicios que en este artículo se establecen a los efectos de que puedan ser objeto de la compensación prevista en el artículo 22.5 de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre.

El Gobierno, como ocurre con otros servicios públicos esenciales para la atención ciudadana (bomberos, sanitarios, fuerzas y cuerpos de seguridad, Tragsa, Renfe, entre otros), podrá encomendar a Correos el cumplimiento de obligaciones de servicio público adicionales, especialmente en situaciones de catástrofe humanitaria y de emergencia social, en función de la evolución de las necesidades en las zonas afectadas por la DANA. ESTO ES LO QUE CCOO CONCIBE COMO UN CORREO PÚBLICO DE PAÍS, reflejado en el Acuerdo Marco Estratégico 2024-2028 firmado el pasado 22 de julio.

Colocar el Acuerdo Marco en el centro de las estrategias de país es LA MEJOR MANERA DE LUCHAR CONTRA LA PRIVATIZACIÓN. Porque la ciudadanía sabe que, en tragedias como esta, los operadores privados, guiados solo por la rentabilidad y el negocio, no estarán allí para socorrer a la población. ESA ES LA VERDADERA TRASCENDENCIA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, INCLUIDO CORREOS.