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¿Tienes derecho a que Correos te pague las gafas?

  • La Justicia Europea dice que sí

03/02/2023.
¿Tienes derecho a que Correos te pague las gafas?

¿Tienes derecho a que Correos te pague las gafas?

CCOO EXIGE RECONOCER Y APLICAR ESTE DERECHO PARA LOS USUARIOS DE PANTALLAS DE VISUALIZACIÓN DE DATOS 

En diciembre de 2022 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dicto sentencia interpretando la Directiva 90/270/CEE, que recoge las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización de datos (PVD), traspuesto en nuestro derecho interno por el RD 488/1997. 

CCOO entiende que la SALUD VISUAL de la plantilla no es un problema menor, porque el riesgo por el uso de PVD está reconocido en puestos de la Red de Oficinas y en Burocráticos, pero TAMBIÉN existe en muchos puestos operativos de las áreas de distribución y logística, y en especial, en los puestos de Reparto, donde las PDA son una herramienta diaria de trabajo más, que por cierto, tiene un tamaño de letra minúsculo no modificable, que obliga a un sobreesfuerzo visual continuo, lo que es un problema que debería eliminarse. Se nota que quien diseñó la interfaz de la PDA no la utiliza, y quien tiene que arreglar este problema tampoco. Igual necesitan que la empresa les pague unas gafas para ver el problema, y para leer la sentencia del TJUE:

  • La norma española establece la OBLIGACIÓN DEL EMPRESARIO de proporcionar gratuitamente a los trabajadores/as “dispositivos correctores especiales para la protección de la vista adecuados al trabajo con el equipo de que se trate, si los resultados de la vigilancia de la salud demuestran su necesidad”.
  • El TJUE establece que entre los “dispositivos correctores especiales” previstos en esta normativa, se incluyen las GAFAS GRADUADAS que sirvan específicamente para corregir y prevenir trastornos de la vista relacionados con un trabajo realizado con un equipo que incluya una PVD, y que si los servicios médicos de la empresa determinasen su necesidad en un reconocimiento, deben ser costeados por el empresario.
  • La obligación del empresario de proporcionar a los trabajadores/as que necesiten los dispositivos correctores (las gafas) puede CUMPLIRSE, bien mediante la entrega directa de dicho dispositivo por parte del empresario, o bien mediante el reembolso de los gastos que el trabajador/a haya tenido que efectuar.

CCOO EXIGE QUE ESTE DERECHO SE RECONOZCA E IMPLANTE EN CORREOS, A TRAVÉS DE LAS ACCIONES DE VIGILANCIA DE LA SALUD 

La interpretación del TJUE permite avanzar en la prevención y la salud laboral en Correos, para que cualquier persona que trabaje con equipos que incluya PVD, tenga derecho a que la empresa le proporcione de forma gratuita las gafas, para corregir y prevenir los daños a la salud, identificados y diagnosticados en los reconocimientos médicos realizados por los Servicios de Prevención en el marco de la vigilancia de la salud. 

Desde CCOO emplazamos al área responsable, que es la Subdirección de Promoción de la Salud, a debatir su implantación en el seno de la Comisión Estatal de Salud Laboral.